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  • Fundación La Casa Común

Acusación Constitucional: Presentación de Fernando Atria ante la Comisión de la Cámara de Diputados

Actualizado: 18 may 2020


OBSERVACIONES SOBRE LA ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL PRESENTADA EN CONTRA DE LA MINISTRA DE EDUCACIÓN, SRA. MARCELA CUBILLOS SIGALL

Fernando Atria

Profesor de Derecho

Universidad de Chile

TABLA DE CONTENIDOS

§1 Sobre la presente minuta, 3


LA ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL COMO JUICIO POLÍTICO

§2 Un problema reiteradamente planteado de modo reconocidamente oportunista, 3


LA ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL ES UNA ESPECIE DE JUICIO POLÍTICO, NO UN CONTROL DE LEGALIDAD. SÓLO DE ESA FORMA PUEDE ENTENDERSE SU REGULACIÓN CONSTITUCIONAL Y LEGAL, 5

§3 La distinción entre juicio “de legalidad” y “de mérito”, 5

§4 A diferencia de un voto de censura, la acusación constitucional tiene causales, 6

§5 Sentido de las causales, 7

§6 ¿Qué es lo que las causales excluyen?, 7

§7 La acusación constitucional como juicio político, entonces, está entre dos extremos, 8


SÓLO SI LA ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL ES UNA ESPECIE DE JUICIO POLÍTICO SE PUEDE JUSTIFICAR LA FORMA EN QUE ESTÁ CONSTITUCIONAL Y LEGALMENTE CONFIGURADA

§8 El “presidencialismo” extremo y otras formas de presidencialismo, 9

§9 El chileno no es un presidencialismo extremo, y se ha movido en la dirección contraria, 10

§10 Si la acusación constitucional fuera un juicio de legalidad, la regulación legal y constitucional vigente sería absurda, 11

§11 Primero, porque la constitución hace competente a la Cámara de Diputados para acusar, y al Senado para decidir, 12

§12 Esta es una solución razonable desde el punto de vista del funcionamiento de un sistema presidencial, 13

§13 Segundo, porque la constitución enumera las causales por las que los ministros pueden ser acusados, pero la enumeración no es particularmente precisa, 14 2

§14 Tercero, si la consecuencia dwel éxito de una acudsación fuera una sanción, sería despropocionadamente baja, 15

§15 Cuarto, porque la acusación interfiere notablemente con el trabajo legislativo del Congreso, 16

§16 Quinto, porque dejaría sin explicación las notorias diferencias procedimentales entre la acusación constitucional y un sumario administrativo, 17

§17 Sexto, porque sería inaceptable una decisión sancionatoria que no fuera fundada, 17

§18 Comparación con otras facultades quasi-judiciales del Senado, 18

LAS IMPUTACIONES A LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

§19 Capítulos acusatorios y los límits de este informe, 20

§20 Primer capítulo: falta a la probidad, 20

§21 Segundo capítulo: uso indebido de datos personales, 21

§22 Tercer capítulo: déficit de implementación de la ley 21040, de nueva educación pública, 21

§23 Cuarto capítulo: subejecución presupuestaria, 23

§24 Quinto capítulo: infracción del principio de igualdad, 23


SOBRE LA NATURALEZA DE LAS IMPUTACIONES A LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

§25 La naturaleza de la acusación muestra que ella efectivamente ha de ser decidida en un juicio político, 24

§26 La acusación no menciona otro hecho que apunta en la misma dirección, 26


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