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  • Fundación La Casa Común

La naturaleza y la sostenibilidad

Actualizado: 4 ene 2022

Propuesta Fundación La Casa Común para la Nueva Constitución

Eduardo Astorga, profesor de Derecho

03/11/21


La nueva constitución se escribe en un contexto de Emergencia Climática y Ecológica. Así lo ha reconocido la Convención Constitucional, como lo han reconocido 118 convencionales pidiendo la implementación plena de la Convención Constitucional Sustentable. Se ha reconocido una profunda crisis global, producto de la forma en que nos hemos relacionado con la biosfera, degradando la naturaleza y su biodiversidad, a partir de su explotación y consumo desmedidos.


Por lo anterior la Constitución deberá necesariamente promover el desarrollo de sistemas de gobierno basados en la cooperación y la cogestión, reforzando la mitigación, la adaptación y la calidad de vida, como herramientas que permiten fortalecer la resiliencia frente a los cambios e incertidumbres.


Esto hace necesario abrir un debate en torno al tema ambiental, en particular al resguardo de la naturaleza, de la que como seres humanos formamos parte. Se trata de un tema de derechos humanos que constituyen el marco conceptual fundado en el derecho internacional de los derechos humanos y orientado a su promoción y protección.


Precisamente fundado en estas ideas centrales, un equipo de especialistas de diversas disciplinas de la Fundación Casa Común, elaboró un propuesta con aportes al debate constituyente sobre la naturaleza y la sostenibilidad en la nueva constitución, que para que sea ecológica, debe contemplar la armonización de las leyes de la naturaleza, físicas, químicas, biológicas y ecológicas con la dimensión humana y sus reglas, para así posibilitar que las actividades que se hagan respeten los ecosistemas y comunidades y no destruyan los componentes básicos del medio ambiente.


Este encuadre general, considera que los deberes y derechos deben consagrarse como objetivo político y como garantías. Sin acción de protección en materia ambiental, el derecho en términos reales no existe, por lo que debe ir precedido de acciones administrativas capaces de relegar las judiciales a una condición de recursos de “última ratio”.


La propuesta de este equipo se estructuró con base a las cuestiones principales que han sido reconocidas por los constituyentes y la propia opinión pública, cuyo punto inicial establece el Derecho Humano al Medio Ambiente, el deber de protegerlo y el derecho de las generaciones futuras, correspondiendo al Estado reconocer y garantizar el derecho humano a vivir en un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado con la naturaleza, que asegure la sostenibilidad y el buen vivir, estando legitimados todos los habitantes de la República para requerir de este su total resguardo, resultando el aspecto de mayor preocupación para la gente el Derecho Humano de acceso al agua potable y al saneamiento, acompañado de una política nacional al efecto.


Propone además el Resguardo de la Naturaleza, ya que esta reproduce y permite la vida, el resguardo del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de actividades extractivas, así como de los glaciares y áreas declaradas con un especial valor ambiental, el ordenamiento territorial y regionalización precedido de políticas nacionales y regionales participativas y democráticas y un especial énfasis en las medidas de adaptación ante el cambio climático.


Concluye este propuesta recalcando la necesidad del fortalecimiento del derecho a la información, participación conforme a los términos y condiciones del Acuerdo de Escazú y la creación del “ombudsman ambiental “o defensoría del pueblo.


LA NATURALEZA Y LA SOSTENIBILIDAD EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN LCC(1)
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